La Iglesia recomienda que el bautizado tenga un padrino, una madrina o ambos. El rol de estas personas será brindar apoyo moral y ayuda al nuevo cristiano.
Obviamente, el padrino y la madrina deberán estar bautizados, además de haber recibido la confirmación y la eucaristía. Aunque muchas veces son parientes del niño, pueden ser allegados a la familia.
En la Argentina, deben ser mayores de 16 años y, al igual que los padres, asistir a un encuentro preparatorio antes de asumir su nueva responsabilidad.
Aquí explicamos cuáles son los deberes de una madrina de bautismo para que su ahijado o ahijada pueda desarrollar una vida cristiana.
El Código de Derecho Canónico establece la conveniencia de que quien vaya a ser bautizado tenga un padrino, que cumple funciones de apoyo y ayuda al nuevo cristiano, que el derecho canónico establece oportunamente.
“En la medida de lo posible, a quien va a recibir el bautismo se le ha de dar un padrino, cuya función es asistir en su iniciación cristiana al adulto que se bautiza, y, juntamente con los padres, presentar al niño que va a recibir el bautismo y procurar que después lleve una vida cristiana congruente con el bautismo y cumpla fielmente las obligaciones inherentes al mismo”, dice al respecto. Muchas veces el padrino recibe posteriormente el encargo de ser padrino de la confirmación, algo recomendado por el canon.
En cuanto al padrino, o madrina, sus funciones son las de presentarlo cuando va a recibir el bautismo y procurar que después lleve una vida cristiana congruente con el sacramento y cumpla fielmente las obligaciones inherentes al mismo.
La presentación del niño se refiere no solo a la ceremonia litúrgica prevista en el ritual del bautismo. Más bien esa ceremonia alude a una realidad previa, y es que son los padres y los padrinos quienes presentan a la Iglesia al niño para que sea recibido.
La Iglesia estipula los requisitos para ser admitido como padrino. Debe ser elegido por quien va a bautizarse o por sus padres, debe tener capacidad para esta misión e intención de desempeñarla y haber cumplido los 16 años. Además, obviamente, debe ser católico, estar confirmado y haber recibido ya el sacramento de la eucaristía y llevar una vida congruente con la fe y la misión que va a asumir. Por último, no debe estar afectado por una pena canónica, como la excomunión.
“Los padrinos no solo asumen la responsabilidad de la educación cristiana de la persona bautizada (o confirmada) en tanto parientes o amigos, sino que están ahí también como representantes de una comunidad de fe, garantes de la fe y del deseo de comunión eclesial del candidato”.
Tal como dice un artículo del portal Un Como, los padrinos deberán comprometerse a acompañar al niño en la vida cristiana y mostrarle el camino que deben seguir a través del ejemplo.
Además de lo marcado por el derecho canónico, entre los deberes de los padrinos de bautizo, también resulta recomendable que el padrino o madrina rece alguna vez con su ahijado para así procurar la coherencia cristiana. Del mismo modo, para ayudar en su crecimiento cristiano pueden hacerle algún tipo de regalo en referencia a la fe, como libros o imágenes cristianas.