uno por uno, los sectores que deberán garantizar servicios los días de paro



Mediante el decreto 340/25, el Gobierno resolvió este miércoles fijar fuertes límites al derecho a huelga al ampliar las actividades consideradas esenciales, incorporando al transporte de cargas y pasajeros, la educación en todos sus niveles y los servicios de telecomunicaciones a esa categoría, y les impuso la obligación de garantizar la prestación del 75% de los servicios en caso de una medida de fuerza.

También creó la figura de actividades consideradas de importancia trascendental, que abarca los sectores más diversos, y al que le impone la obligación de mantener un mínimo de la 50% de la prestación en las jornadas de huelga. Entre las actividades alcanzadas en ese parámetro figuran los principales rubros industriales (alimentación, metalúrgica y la construcción), el funcionamiento de los bancos, los comercios y locales gastronómicos y todos los sectores vinculados a la exportación.

El decreto del Ejecutivo consideró como servicios esenciales en sentido estricto las siguientes actividades:

En tanto, de acuerdo con la nueva normativa, se consideran actividades de importancia trascendental las siguientes:



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