La Justicia no quiere que la casa de Cristina se convierta en un bunker político, si le acepta la prisión domiciliaria



Si finalmente la Justicia le concede a Cristina Kirchner un arresto domiciliario: ¿puede la expresidenta salir al balcón?; ¿debe contar con restricciones?; ¿cómo se fijan las pautas?, ¿puede ir cualquier persona a visitarla? Son tan sólo algunas de las inquietudes que rodean el trámite que determinará dónde cumplirá la condena por corrupción.

La decisión la firmará el juez Jorge Gorini (aguarda previamente este martes la opinión del fiscal general Diego Luciani), pero un concepto central enmarca su determinación: en caso de una eventual morigeración de la pena, cómo hacer para que la misma no se desnaturalice, para que el departamento de San José al 1100 en el que Cristina pidió cumplir el arresto domiciliario no se convierta en un bunker político, un lugar de campaña permanente de la expresidenta.

La misma inquietud planteó el Gobierno este domingo, antes de la resolución de Gorini. A través del jefe de gabinete, Guillermo Francos, mostró sus reparos sobre la forma en que Cristina cumplirá con la pena en su domicilio. “Un tema es que le den arresto domiciliario y otro es que le permitan condiciones que estarían fuera de lugar: leía en los diarios que por ahí le daban condiciones que le permitían comunicarse o salir al balcón”, criticó el funcionario de la administración de Javier Milei.

Cristina informó que este miércoles irá a Comodoro Py en cumplimiento de los 5 días hábiles que le impuso el juez Gorini para que se presente en los tribunales para que se haga efectiva la condena, tras la confirmación del fallo en su contra por parte de la Corte Suprema de Justicia.

Son instancias distintas las que deben cumplimentarse. Aún no hay un legajo de ejecución ni cómputo de pena aprobado. Recién ahí intervendrá de forma unipersonal el juez de ejecución de la pena, algo que irá rotando cada año entre los tres integrantes del Tribunal Oral Federal 2 (TOF 2), que fue el que llevó a cabo el juicio de Vialidad, dictando sentencia condenatoria el 6 de diciembre de 2022.

Estos últimos días, los oficios firmados por Gorini fueron en calidad de presidente del TOF 2 durante este año en curso. Pero las decisiones y el próximo paso serán resoluciones colegiadas, es decir, con la intervención de los jueces Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso.

A la espera del dictamen del fiscal Luciani y con un informe técnico que dice el domicilio de San José 1111 es apto para cumplir el arresto domiciliario, la decisión próxima será determinar si Cristina quedará detenida en su casa, o si deberá cumplir algunos días en una sede que dependa del Servicio Penitenciario Federal.

En esa decisión, el concepto central que se analiza en Comodoro Py por estas horas es el de no desnaturalizar el arresto domiciliario, en caso de que se confirme ese beneficio. “Un arresto domiciliario no se desnaturaliza cumpliendo con lo que dice la ley. Pero es un caso inédito, por lo cual hay que extremar el sentido común. Por ejemplo, salir al balcón no se lo debería permitir“, puso en consideración un magistrado federal con años de experiencia en la ejecución de penas.

Hay quienes en los tribunales consideran que el departamento del barrio de Constitución no es un lugar adecuado para un arresto domiciliario. Sobrevoló una comparación en más de un despacho de Comodoro Py: cuando se ordenó la morigeración de la prisión preventiva de Lázaro Báez, que en un comienzo iba a ser en el barrio privado de Pilar, la propia defensa del empresario K se dio cuenta de la necesidad de buscar otro domicilio “porque ése no era el más adecuado”.

Vacío legal sobre el arresto domiciliario

Ante la posibilidad concreta de que se conceda un arresto domiciliario, desde ámbitos judiciales aclara que la ley -al respecto-, “es bastante pobre”, es decir, “no prevé reglas de conducta más allá de no poder salir del domicilio. En cierto punto no se cumple uno de los fines de la pena que es la resocialización a través de un régimen penitenciario progresivo. Pero sí cumple con otros fines de la pena como la prevención general que es disuadir a la sociedad en su conjunto de cometer delitos, además tiene como objetivo la confirmación de la vigencia de la ley y la confianza en el sistema legal”, reseñó otro juez con larga experiencia en estos proceso.

Entonces ¿cómo se le podría otorgar a Cristina una prisión domiciliaria sin que la misma deje de expresar el cumplimiento de una condena por corrupción? “Con que considere apropiadas para la modalidad domiciliaria”, opinó un magistrado que ha tenido que resolver ejecución de penas. Sin embargo, muchos son los que coinciden en que se está ante una situación inédita.

Al ponderar las opciones y el caso específico, un juez federal explicó que la prisión domiciliaria está pensada para cuestiones humanitarias “como por ejemplo, la persona grande, de más de 70 años, o aquella que tiene a sus chiquitos a cargo, la que está en una enfermedad incurable, en estado terminal. Es decir, el legislador con criterio dijo que para estos casos, por una cuestión humanitaria, debe considerarse una prisión domiciliaria. No es el caso”, detalló.

A ese precepto central, le añadió la siguiente explicación: “La domiciliaria está pensada para que alguien que asume la condena que le dieron y se encuentra en una situación difícil de salud. Ninguna de esas situaciones se da en el caso. Entonces, estamos ante una desnaturalización del concepto, un concepto humanitario, que tiene que ver con alguien que asume lo que hizo, y que dice, que por cuestiones humanitarias, necesita cumplir en su domicilio. Acá no es así. Y no es argumento otorgarla porque es quien es. No es el concepto, no es la idea”.

La otra discusión es la colocación o no de una tobillera electrónica si se concede un arresto domiciliario. Un juez de ejecución de pena indicó a Clarín que en primer término “se debe analizar el lugar que ofrece la defensa, si reúne las condiciones para estar alojado ahí, y la pulsera electrónica se utiliza porque es el único control que uno tiene para que no salgan del domicilio. Porque los arrestos domiciliarios no pueden ser controlados por ninguna fuerza de seguridad. Lo dice expresamente la ley de ejecución penal. Entonces el único contralor es la tobillera”.

En este caso específico el mismo magistrado opinó que la zona del departamento ofrecido por el abogado Carlos Beraldi “no es el más apto, entendiendo además que está afectando a todos los vecinos por variados motivos y a los comercios de la zona, por lo tanto sería conveniente que la defensa ofrezca algún otro lugar más alejado que ese departamento”. La palabra final la tendrá el juez Gorini previo dictamen del fiscal Luciani.

Finalmente, están quienes entienden que imponer reglas sería el camino viable si la determinación es avanzar hacia un arresto domiciliario: no sólo restringir la cantidad de visitas, en días específicos, sino también quiénes pueden visitarla a la ex vicepresidenta y quiénes no, son sólo algunos conceptos que sobrevuelan. Todo está bajo estudio.



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